Introducción
Es de todos conocido que para conducir se necesita un seguro, seguro que sirve para cubrir lo que ha venido en llamarse “los hechos de la circulación”. Estos denominados “hechos de la circulación” son, ni más ni menos que los accidentes que pueden ocurrir mientras estamos conduciendo. En caso de conducir un vehículo que tiene un accidente, tendremos que responder de los daños, tanto materiales como personales que se hubieren producido por el mismo, siendo que, en caso de ser insolventes, la persona que haya sufrido los daños anteriormente dichos no cobraría aquella indemnización que le pudiera corresponder. El origen y función del seguro de obligatorio de automóvil es el responder de esta responsabilidad civil para el caso de no tener la capacidad económica para pagar la indemnización al perjudicado contrario.
¿quién es el responsable civil en caso de accidente de tráfico?
Hemos de entender que la responsabilidad civil la tendremos por el simple hecho de ser conductores, no hace falta que seamos los propietarios del vehículo, si bien es cierto que el propietario del vehículo también puede llegar a tener responsabilidad por los hechos que se cometan con su vehículo por un tercero conductor, como explicaremos en próximas entradas.
Responsabilidad por los daños personales
En caso de existencia de daños personales en un accidente, deberá responder el conductor del vehículo culpable de la colisión. Deberá responder de los daños personales que se hayan producido a aquellas personas que viajen con él en el vehículo, de aquellos daños personales que se hayan producido a las personas que viajen en los vehículos contra los que haya podido chocar, e incluso deberá responder por los daños que hubiere podido causar a los viandantes.
Realmente, a no ser que durante la producción de los daños haya cometido algún delito o se esté influenciado por las drogas, supuestos estos en los que el seguro se puede negar a abonar la indemnización que corresponda al contrario, será el seguro el que responda por la persona, y todo ello minorizado por el tanto de culpa que pueda atribuírsele a la propia víctima.
Efectivamente, si existe culpa de la víctima en la causación del accidente, piénsese, por ejemplo, en un peatón que es atropellado, por un coche, pero que había pasado por un lugar diferente a un paso de peatones, y además cuando el semáforo para los transeúntes estaba en rojo, dicha culpa será tenida en cuenta, estableciéndose unos porcentajes sobre la culpa del accidente, por ejemplo un 60-40, o el que se considere oportuno, y esto será lo que deberá abonar el conductor, o mejor dicho, si todo es correcto, su aseguradora.
qué pasa si tengo un accidente con un coche que no es mio
Esta responsabilidad del conductor del vehículo engloba todos los aspectos derivados de los daños personales, tanto las posibles secuelas que puedan quedar, como el pago de los gastos médicos, o los denominados días impeditivos, no impeditivos, etc… Todo ello conforme al baremo que se establezca para el año en curso. Evidentemente, deberá también responder el conductor, y en su caso, el seguro, de los daños que hayan provocado el fallecimiento de alguna persona.
Responsabilidad del conductor del vehículo sobre los daños materiales.
Siendo que lo más importante en todo accidente es la inexistencia de daños personales o que estos sean los mínimos posibles, también hemos de tener en cuenta que las inconveniencias que nos puede acarrear la existencia de daños materiales son bastante importantes, se establece como imperativo legal que también se deba responder por parte del conductor de los daños materiales causados como consecuencia del accidente.
Así nos estamos refiriendo a que deberá el conductor causante del accidente responder por todos los daños causados al vehículo contrario, deberá responder de la reparación del mismo y en caso que el vehículo sea designado como siniestro total, deberá hacer frente al valor venal de dicho automóvil ( más en su caso el correspondiente valor de afección), pero no sólo deberá hacer frente a dichos daños en el vehículo, también deberá hacer frente todos los daños que se puedan probar, así por ejemplo, deberá hacer frente a roturas de aparatos que se pudieren llevar en el coche, como ordenadores, móviles, etc… y además se deberá afrontar la responsabilidad por todas aquellas pertenencias que pudiera llevar cualquiera de los perjudicados, gafas, la propia ropa, etc…
Conclusión
En definitiva, el conductor deberá responder de todos los daños causados a las diferentes personas que se hayan visto envueltas en el accidente de tráfico y de todos los daños de carácter material que se hayan producido como consecuencia del mismo. En situaciones normales será el seguro de responsabilidad civil el que se hará cargo de todo, si bien, como hemos explicado, bajo ciertas circunstancias, este se negará a indemnizar los daños producidos.